Alimentación, ¿derecho humano o mercancía?

¿La alimentación es un derecho humano inalienable o una mercancía que se compra y se vende según las leyes del mercado? De la respuesta que demos a esta pregunta dependen no solo las políticas públicas que rigen nuestros sistemas alimentarios, sino la posibilidad real de que todos los seres humanos puedan alimentarse de forma digna, suficiente y saludable.

En general, el sistema alimentario se ha ligado a las lógicas de la economía de mercado y los alimentos se han tratado como cualquier otro producto: sujetos a oferta y demanda, a especulación, y a procesos de concentración empresarial.

Sin embargo, en paralelo a esta visión dominante, se ha venido articulando una mirada alternativa, la de la alimentación como derecho humano. Esta perspectiva, consagrada en diversos instrumentos internacionales, considera que toda persona tiene derecho a una alimentación adecuada, y que los Estados tienen la obligación de garantizar ese derecho mediante políticas activas, regulación del mercado y apoyo a modelos sostenibles de producción y consumo.

Seguridad alimentaria: un concepto insuficiente

En los años noventa, el concepto de seguridad alimentaria se impuso como marco de referencia en los organismos internacionales. La FAO la define como la situación en la que todas las personas tienen, en todo momento, acceso físico, social y económico a alimentos suficientes, inocuos y nutritivos para satisfacer sus necesidades dietéticas y preferencias alimentarias para una vida activa y saludable.

A primera vista, se trata de una definición razonable. Sin embargo, ha sido objeto de críticas por parte de movimientos sociales y académicos. En primer lugar, porque no cuestiona quién controla la producción y distribución de los alimentos. Se puede lograr “seguridad alimentaria” a través de la importación masiva de productos baratos, aunque eso implique la ruina de los productores locales. También se puede lograr en contextos autoritarios donde se garantice un mínimo alimentario sin respetar derechos civiles, políticos o culturales.

Además, este enfoque suele poner el acento en el acceso individual y en la disponibilidad, sin prestar suficiente atención a los sistemas que generan o impiden ese acceso. La seguridad alimentaria, tal como ha sido aplicada, puede convivir, y de hecho convive, con la mercantilización de los alimentos, la concentración empresarial y la degradación ambiental.

Soberanía alimentaria: una propuesta transformadora

Frente a este enfoque limitado, el concepto de soberanía alimentaria, formulado por La Vía Campesina en 1996 y adoptado por numerosos movimientos y organizaciones a nivel global, propone un giro radical. Define la soberanía alimentaria como el derecho de los pueblos a decidir sus propias políticas agrícolas y alimentarias, a proteger y regular la producción y el comercio agrícola en beneficio de sus comunidades, y a priorizar la producción local y campesina frente a los intereses de los mercados internacionales.

La soberanía alimentaria no es simplemente un enfoque técnico o económico, sino una propuesta política, basada en la justicia social, el respeto a la diversidad cultural, la equidad de género y la sostenibilidad ecológica. Reconoce a los campesinos, pescadores, pastores y pueblos indígenas como sujetos centrales del sistema alimentario, y defiende su derecho a acceder a la tierra, al agua, a las semillas y a los mercados locales.

También plantea una crítica profunda al modelo agroindustrial dominante y a su lógica extractiva y concentradora. Frente al “producir más a cualquier coste”, la soberanía alimentaria propone “producir mejor para quienes lo necesitan”, recuperando conocimientos tradicionales, promoviendo la agroecología y reduciendo la dependencia de insumos externos.

Alimentación como derecho humano

El reconocimiento de la alimentación como derecho humano implica un compromiso legal y político por parte de los Estados. No se trata solo de un objetivo deseable, sino de una obligación jurídica reconocida en instrumentos como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966), en cuyo artículo 11 se establece el derecho “a una alimentación adecuada” y “a estar libres del hambre”.

Este enfoque obliga a los gobiernos a adoptar medidas concretas para garantizar el acceso a alimentos adecuados, incluyendo legislación, regulación de precios, sistemas de protección social, promoción de la producción local y mecanismos de rendición de cuentas. También exige que se respeten principios de no discriminación, participación y transparencia en las políticas alimentarias.

En los últimos años, algunos países han avanzado en este sentido. Bolivia, Ecuador y Brasil han reconocido explícitamente el derecho a la alimentación en sus constituciones y en Europa, se han desarrollado políticas alimentarias urbanas con enfoque de derechos.

El mercado no alimenta a todos

Uno de los grandes mitos de la economía de mercado es que el libre comercio y la desregulación generan abundancia. En el caso de los alimentos, esta premisa ha demostrado ser falsa. Las hambrunas no suelen producirse por falta de alimentos, sino por falta de acceso. Y el acceso no depende del volumen global producido, sino del poder adquisitivo de las personas y de las políticas que lo regulan.

Hoy en día, millones de toneladas de alimentos se desperdician cada año mientras millones de personas pasan hambre. Productos perfectamente comestibles son desechados por no cumplir estándares estéticos, o porque no son rentables para su distribución. Grandes extensiones de tierra fértil están dedicadas a cultivos para exportación, biocombustibles o alimentación animal, mientras las comunidades locales no pueden cubrir sus necesidades básicas. Estos no son “fallos del sistema”: son su consecuencia lógica.

Una decisión colectiva

En última instancia, la pregunta sobre si la alimentación es un derecho o una mercancía no es solo jurídica o económica: es ética y política. ¿Queremos un mundo donde lo más básico para la vida esté sometido a la lógica del beneficio privado? ¿O queremos construir sociedades donde el alimento sea tratado como lo que es: un bien común y una condición fundamental para la dignidad humana?

Elegir el segundo camino implica cuestionar privilegios, redistribuir recursos, fortalecer la producción local, democratizar las políticas alimentarias y construir nuevas relaciones entre campo y ciudad, entre productores y consumidores. Implica también escuchar las voces de quienes han sido históricamente excluidos del diseño de estas políticas: campesinas, comunidades indígenas, trabajadores agrícolas, mujeres rurales.

La alimentación como derecho no es una utopía lejana. Es una posibilidad real, si se convierte en prioridad política.

Preguntas para el debate

  1. ¿Qué implicaría garantizar la alimentación como un derecho humano en tu país o comunidad?
  2. ¿Cuáles son las diferencias clave entre seguridad alimentaria y soberanía alimentaria?
  3. ¿Qué intereses se oponen a reconocer la alimentación como un derecho?
  4. ¿Qué ejemplos conoces de políticas públicas que prioricen el derecho a alimentarse?
  5. ¿Qué papel juega la ciudadanía en la defensa del derecho a la alimentación?
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